

El Supremo confirma la anulación del aumento de las tasas en Nàquera.
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Nàquera contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, que ahora queda confirmada, que anula la subida de tasas aprobada por el equipo de gobierno en 2008. Eso sí, según recogía la sentencia del TSJ, la sala consideraba que "no podrá accederse a la devolución" de esas tasas puesto que los recurrentes "no están legitimados para actuar en nombre de terceros".
El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS anula la modificación de las ordenanzas municipales sobre licencias urbanísticas, apertura de establecimientos, por uso de la vía pública, vados, alquiler de locales municipales y por ocupación de terrenos públicos.
Según recoge el documento, la Federación de Asociaciones de Vecinos Camp de Túria denunció al ayuntamiento ante los tribunales después de que éste acordara en diciembre de 2007 la aprobación definitiva de modificación de varias ordenanzas municipales para 2008, que incluían un aumento de tasas. El recurso se fundamentaba en "el desproporcionado incremento de bases imponibles y tipos impositivos", que se aprobaron cuando "no existían los presupuestos municipales de 2008".
El TSJ decidió en mayo de 2009 estimar parcialmente el recurso, y anular y dejar en parte sin efecto este acuerdo municipal.
El consistorio se opuso a la decisión judicial e interpuso contra ésta un recurso de casación al considerar que el recurso de la asociación vecinal estaba "defectuosamente preparado", extremo que ahora desestima el TS, entre otros, porque la iniciativa judicial "ni siquiera cita los preceptos que se consideran infringidos".
La Sala de la Sección Primera del Supremo declara así firme la sentencia sobre modificación de ordenanzas municipales dictada por el TSJCV e impone las costas procesales al ayuntamiento.